Trámites y Servicios

Información útil y acceso a trámites y servicios

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Es un canal que le permite acceder electrónicamente a diversos servicios a través de cualquier terminal (móvil, Tablet o PC) con acceso a internet o a la intranet cubana. El cliente puede operar su cuenta en cualquier momento o lugar.

Operaciones que puede realizar:

  • Conocer el saldo, los últimos movimientos y los límites de todas sus cuentas de tarjeta débito Red.
  • Contrato y pago de los servicios de la electricidad, el teléfono, así como también los pagos de adeudos a la ONAT.
  • Realizar transferencias hacia otras cuentas de tarjeta Red de Bandec o de otros bancos, ya sea en moneda nacional como en CUC.
  • Amortizar créditos personales propios o de otros titulares con préstamos en Bandec o en otros bancos del sistema.
  • Conocer el saldo actualizado de todas sus cuentas en sus diferentes modalidades de ahorro incluida la formación de fondos, los créditos personales, etc.
  • Incrementar el saldo de su cuenta de formación de fondos, mediante transferencias desde su cuenta de tarjeta débito Red.

Los requisitos necesarios para utilizar el servicio son:

  • Poseer Tarjeta Débito Red de BANDEC.
  • Tarjeta Multibanca.
  • Dispositivo con acceso a internet o intranet cubana.

Para solicitar el servicio diríjase a la oficina de Banca Personal donde opere sus cuentas para hacer la contratación del canal de pago Kiosco.

Acceda a través de la dirección electrónica: https://www.kiosco.bandec.cu/kiosco

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Cuentas Corrientes: Las personas naturales autorizadas a ejercer el Trabajo por Cuenta Propia podrán abrir Cuentas Corrientes en pesos cubanos y en pesos convertibles en cualquier sucursal de BANDEC.

Las cuentas, podrán ser:

  • Individual (un solo titular que operará a través de chequera)
  • Solidaria o indistinta ( dos o más titulares que pueden operar independientemente a través de chequera)
  • Mancomunada o conjunta (dos o más titulares que pueden depositar independientemente, pero requieren del conjunto para realizar extracciones, se operará mediante órdenes de pago)

Depósito inicial: 500 (CUP) ó 50 (CUC)

Instrumentos de pago: cheques, tarjetas magnéticas, transferencias bancarias ó efectivo.

Documentos a presentar para su apertura:

  • Carné de identidad del o de los titulares.
  • Documento emitido que autoriza el ejercicio del trabajo por cuenta propia y a otras formas de gestión no estatal.
  • Carné expedido por la ONAT con el número de identificación tributaria.

Cuentas Corrientes Fiscales: Las personas naturales autorizadas a ejercer el Trabajo por Cuenta Propia, si se encuentran comprendidos  entre las actividades que obliga el DL (servicio gastronómico en restaurantes; servicio gastronómico en cafetería; servicio de bar y recreación; arrendador de vivienda; habitaciones y espacios y servicios de construcción; reparación y mantenimiento de inmuebles)  deben designar una de sus cuentas o abrir una en caso que no cuente con ninguna, como cuenta fiscal.

Saldo mínimo: El equivalente a tres (3) cuotas mensuales a cuenta del Impuesto sobre los Ingresos Personales, a cuyo pago está obligado su titular.

Instrumentos de pago: cheques, tarjetas magnéticas, transferencias bancarias ó efectivo.

Documentos a presentar para la apertura:

  • Modelo de solicitud firmado por el titular.
  • Carné de identidad.
  • Licencia de la autoridad competente de acuerdo a la actividad que se realice.

Inscripción en el Registro de Contribuyentes

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Crédito para Capital de Trabajo: Importe necesario (en CUP) para cubrir los gastos del ciclo de producción o de servicio de la actividad que se ejerza con un plazo máximo de 18 meses.

Modalidades:

  • Crédito Simple (financiamiento que se entrega de una sola vez)
  • Línea de Crédito (financiamiento con un límite máximo a utilizar).

Fines:

  • Compra de bienes, e insumos y equipos.
  • Pago de materias primas y de servicios (agua, electricidad y gas)

Requisitos:

  • Documento de identidad permanente (carné de identidad).
  • Documento oficial que autorice a ejercer el trabajo por cuenta propia u otra forma de gestión no estatal.
  • Cuenta corriente en la sucursal donde se solicita el financiamiento en el municipio de su domicilio legal.
  • No presentar adeudos vencidos ni deuda por un crédito asociado a su actividad como TCP.
  • Autorización del MINSAP siempre que la actividad lo requiera.

Garantías que se solicitan:

  • Cesión de derechos de ingresos presentes y futuros.
  • Cesión de certificados y cuentas a plazo fijo o de ahorro.
  • Fiadores solidarios.
  • Prendas de bienes ( joyas, bienes patrimoniales, vehículos de motos, ganado mayor)
  • Hipotecas de bienes inmuebles ( viviendas de descanso o veraneo, solares yermos)

Crédito para Inversiones: Importe (en CUP) destinado a la adquisición de equipos vinculados a la actividad que desarrolle y con un plazo máximo de 10 años.

Modalidades:

  • Crédito Simple (financiamiento que se entrega de una sola vez)
  • Línea de Crédito (financiamiento con un límite máximo a utilizar por el cliente según sus requerimientos)

Fines:

  • Gastos asociados a construcción, remodelación o modernización de locales.
  • Compra de equipamiento.

Requisitos:

  • Documento de identidad permanente (carné de identidad).
  • Documento oficial que autorice a ejercer el trabajo por cuenta propia u otra forma de gestión no estatal.
  • Cuenta corriente en la sucursal donde se solicita el financiamiento en el municipio de su domicilio legal.
  • No presentar adeudos vencidos ni deuda por un crédito asociado a su actividad como TCP.
  • Autorización del MINSAP siempre que la actividad lo requiera.

Garantías que se solicitan:

  • Cesión de derechos de ingresos presentes y futuros.
  • Cesión de certificados y cuentas a plazo fijo o de ahorro.
  • Fiadores solidarios.
  • Prendas de bienes (joyas, bienes patrimoniales, vehículos de motos, ganado mayor).

Hipotecas de bienes inmuebles (viviendas de descanso o veraneo, solares yermos).

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  • El Seguro Temporario de Vida, dirigido a las personas cubanas y extranjeras residentes permanentemente en Cuba entre 18 y 77 años de edad. Cubre: 

Muerte del Asegurado por cualquier causa.

Incapacidades Temporales, como consecuencia de accidentes o enfermedades cardiovasculares, vasculares encefálicas e intervenciones quirúrgicas de carácter urgente, que requieran de un período de reposo desde 14  hasta 180 días.

Incapacidad Permanente Total o Parcial,  sufridas por el asegurado como consecuencia de accidentes o enfermedades cardiovasculares, vasculares encefálicas, diabetes y cáncer.

  • Los Seguros de Viajes, dirigido a todos los viajeros extranjeros y cubanos que tengan la necesidad de incurrir en gastos durante un viaje al exterior o hacia Cuba, por alguno de los riesgos siguientes: Gastos Médicos, Repatriación y/o Transporte de enfermos o fallecidos, Responsabilidad Civil, Anticipo de Fianza Judicial, Asistencia por Pérdidas Documentos o Equipaje, así como la transmisión de mensajes urgentes.
  • El Seguro de Vehículos de Transporte Terrestre, dirigidos a resarcir los daños causados a cualquier tipo de vehículo de motor asegurable. Podrá contratarlo cualquier persona cubana o extranjera, residente en el territorio nacional. La cobertura principal es Daños materiales, debiendo contratarse al menos uno de los riesgos que la integran: Incendio, Rayo, Explosión, Choque o Vuelco, Sustracción y Cubierta comprensiva.
  • El Seguro de Incendio y Líneas Aliadas, dirigido a personas naturales y jurídicas, que deseen proteger sus inmuebles (vivienda, oficinas, almacenes, comercios, industrias, etc.) y el contenido de las mismas (mobiliario, existencia, maquinarias,  equipos, utensilios, etc.) contra los daños o perdidas causados (directamente por Incendio, Rayo y Explosión, entre otros).    
  • El Seguro de Responsabilidad Civil, dirigido a poseedores de Licencia de Conducción o Licencia Operativa para la transportación de pasajeros o de carga o a personas que brinden servicios de transporte en medios autopropulsados. Cubre la Responsabilidad Civil en que pueda incurrir el Asegurado, que conduciendo un vehículo por la vía pública, ocasione daños o perjuicios a terceros (ya sea su integridad física o a sus bienes o patrimonio). 

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