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Servicios de cuentas

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Cuentas Corrientes: Las personas naturales autorizadas a ejercer el Trabajo por Cuenta Propia podrán abrir Cuentas Corrientes en pesos cubanos y en pesos convertibles en cualquier sucursal de BANDEC.

Las cuentas, podrán ser:

  • Individual (un solo titular que operará a través de chequera)
  • Solidaria o indistinta ( dos o más titulares que pueden operar independientemente a través de chequera)
  • Mancomunada o conjunta (dos o más titulares que pueden depositar independientemente, pero requieren del conjunto para realizar extracciones, se operará mediante órdenes de pago)

Depósito inicial: 500 (CUP) ó 50 (CUC)

Instrumentos de pago: cheques, tarjetas magnéticas, transferencias bancarias ó efectivo.

Documentos a presentar para su apertura:

  • Carné de identidad del o de los titulares.
  • Documento emitido que autoriza el ejercicio del trabajo por cuenta propia y a otras formas de gestión no estatal.
  • Carné expedido por la ONAT con el número de identificación tributaria.

Cuentas Corrientes Fiscales: Las personas naturales autorizadas a ejercer el Trabajo por Cuenta Propia, si se encuentran comprendidos  entre las actividades que obliga el DL (servicio gastronómico en restaurantes; servicio gastronómico en cafetería; servicio de bar y recreación; arrendador de vivienda; habitaciones y espacios y servicios de construcción; reparación y mantenimiento de inmuebles)  deben designar una de sus cuentas o abrir una en caso que no cuente con ninguna, como cuenta fiscal.

Saldo mínimo: El equivalente a tres (3) cuotas mensuales a cuenta del Impuesto sobre los Ingresos Personales, a cuyo pago está obligado su titular.

Instrumentos de pago: cheques, tarjetas magnéticas, transferencias bancarias ó efectivo.

Documentos a presentar para la apertura:

  • Modelo de solicitud firmado por el titular.
  • Carné de identidad.
  • Licencia de la autoridad competente de acuerdo a la actividad que se realice.

Inscripción en el Registro de Contribuyentes

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