Trámites y Servicios

Información útil y acceso a trámites y servicios

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Disposición Jurídica Resolución No. 54/14 del Instituto de Planificación Física

Cuando por existir regulaciones urbanas y territoriales que lo impidan, los propietarios de solares yermos no pudieran obtener autorización para utilizarlos en la construcción de su propia vivienda, pueden interesar de la DMPF la permuta por otro de propiedad del Estado, de igual o similares características, si existe. Debe acompañar título que acredite la propiedad del terreno, la Certificación de Dominio y Gravamen del Registro de la Propiedad.

El propietario puede, además, ofrecer en venta al Estado el terreno de su propiedad. La solicitud del trámite se presenta ante el funcionario de Planificación Física (OGTV).

Término: 35 días hábiles, 15 para la DMPF y 20 para la DPPF.

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Disposiciones Jurídicas Resoluciones No 54 y 55/14 del Instituto de Planificación Física

Las personas interesadas en construir viviendas por esfuerzo propio en terrenos estatales deberán presentar su solicitud y fundamentación, relacionando además nombres y apellidos del solicitante, carné de identidad, dirección del domicilio, lugar de localización, composición del núcleo familiar, así como declaración jurada de que no posee otra vivienda, ni es superficiario de una parcela o solar yermo para construir una vivienda por esfuerzo propio.

La asignación de parcelas y solares yermos estatales para la construcción de viviendas por esfuerzo propio se realizará a las personas naturales, que previamente sean autorizadas por el Consejo de la Administración Municipal (CAM) correspondiente, teniendo en cuenta las causales y prioridades para dicho otorgamiento y se legaliza ante la Dirección Municipal de Planificación Física (DMPF).

Una vez recibido el Acuerdo del CAM, se realiza el pago por concepto de terreno, en la sucursal bancaria del lugar donde se encuentre este.

Término: 60 días para el pago del solar en la sucursal bancaria.

Término: 30 días hábiles a partir de la presentación del slick bancario que acredita el pago del solar para obtener la Resolución que reconoce el Derecho Perpetuo de Superficie.

Se establecen como causales y prioridades para el otorgamiento de parcelas y solares yermos estatales las siguientes:

  1. Haber sido afectado por desastres.
  2. Necesitado en erradicar condiciones de precariedad.
  3. Casos sociales y albergados.                                                                                          
  4. Ubicados en zonas de riesgo, que incluyen peligros sísmicos, desastres naturales y otros.
  5. Por interés económico-social: se aplica en cumplimiento de políticas económicas y sociales del país, a los efectos de asentar fuerza de trabajo y garantizar el desarrollo económico del territorio en correspondencia con los planes de ordenamiento territorial y urbano aprobados.
  6. También para solucionar déficit de viviendas, problemas de hacinamiento y convivencia, y otros relacionados con el estado técnico – constructivo de la vivienda.

El régimen jurídico de las parcelas y solares yermos estatales que se asignen es en concepto de Derecho Perpetuo de Superficie, y podrá ser otorgado a varias personas naturales para construir sus viviendas en una misma edificación y a una persona natural para construir una vivienda unifamiliar.

Las parcelas a entregar tendrán una dimensión entre 80 y 150 m².

Las personas naturales presentan su solicitud ante el funcionario de Planificación Física (OGTV). El expediente contendrá solicitud y su fundamentación, nombres y apellidos del solicitante, carné de identidad, dirección del domicilio, lugar de localización, composición del núcleo familiar y declaración jurada de que no posee otra vivienda ni es superficiario de una parcela o solar yermo para construir vivienda por esfuerzo propio.

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Disposición Jurídica Resolución No. 55/14 del Instituto de Planificación Física Solar yermo

Es toda porción de terreno donde no exista edificación o, que existiendo, sea de poca significación, trazada como tal en un asentamiento humano. No se considera solar yermo el terreno anexo a otro edificado que integra una unidad física inmobiliaria y como tal se encuentre inscripto en el Registro de la Propiedad.

Cesión entre particulares

Los propietarios de solares yermos que deseen ceder estos a particulares lo pueden hacer, por donación o compraventa, a favor de personas que los necesiten para edificar su vivienda, siempre que no existan regulaciones urbanas y territoriales que lo impidan y previa aprobación por la Dirección Provincial de Planificación Física (DPPF), una vez tramitado el caso por la DMPF, quien lo eleva a esta para que dicte resolución.

Las solicitudes se presentan por escrito ante el funcionario de Planificación Física (OGTV) y deben reflejar generales de las partes, dirección donde están ubicados y acto que pretende realizar.

En el supuesto de donación, el precio legal es el que consta en el título de la propiedad. Si no consta en este, se determinará de oficio por la Dirección Municipal de Planificación Física. Además, se deberá adjuntar en el escrito de solicitud del título acreditativo de la propiedad y el sello de timbre correspondiente.

Término: 35 días hábiles, 15 para la DMPF y 20 para la DPPF. Sello de $5.00.

Ratio: 5 / 5

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Los servicios que se prestan a la población se dividen en dos grupos: Proyectos y Trámites.

Proyectos:

¿Por qué lo necesito?

Toda obra necesita una documentación técnica (proyecto) realizada por personal calificado para obtener los resultados deseados. Esta documentación es el reflejo de sus necesidades llevadas a planos de ejecución por un profesional, que, además, aporta sus conocimientos para que su proyecto sea único y a la vez se integre adecuadamente al entorno que lo rodea.

El proyecto es indispensable para obtener la licencia de construcción que a su vez es necesaria para la legalización de todas las obras nuevas o modificaciones a los inmuebles.

Solicitud de proyectos obras nuevas

Documentos que debe presentar:
• Titularidad de terreno (Derecho Perpetuo de Superficie o Cesión de Azotea según corresponda).
• Certificado de Uso de Suelo, Regulaciones y Numeración.

Tarifa de precios:

Baja: 180.00

Media: 240.00

Alta: 300.00

Solicitud de proyecto para ampliación, remodelación, rehabilitación y reconstrucción de viviendas

Documentos que debe presentar:
• Titularidad de la vivienda (copia).
• Certificado de Uso de Suelo, Regulaciones y Numeración.

Tarifa de precios:

Baja: 170.00

Media: 240.00

Alta: 315.00

Solicitud de proyecto para ampliación en segundo y tercer nivel

Documentos que debe presentar:
• Titularidad de la vivienda (copia).
• Certificado de Uso de Suelo, Regulaciones y Numeración.
• Dictamen Técnico Estructural.

Tarifa de precios:

Baja: 170.00

Media: 240.00

Alta: 315.00

Solicitud de proyecto para división y unificación de viviendas

Documentos que debe presentar:
• Titularidad de la vivienda. (copia)
• Certificado de Uso de Suelo, Regulaciones y Numeración.
• Dictamen Técnicos Estructural.

Tarifa de precios:

Baja: 170.00

Media: 240.00

Alta: 315.00

Nota: en ambos casos el Dictamen Estructural a presentar será solicitado al Arquitecto de la Comunidad con antelación a la solicitud del proyecto pues de este depende la factibilidad del proyecto.
Este dictamen es un servicio independiente que tiene un valor de $110.00

 Trámites:

Solicitud de documentación técnica para la actualización de titularidad de vivienda (el solicitante posee título de propiedad del inmueble, pero este no está actualizado)

Documentos que debe presentar:
• Titularidad de la vivienda (copia).

Tarifa de precios:

Baja: 130.00

Media: 170.00

Alta: 210.00

Solicitud de documentación técnica para la legalización de vivienda (el solicitante no posee título de propiedad)

En este caso se encuentran las viviendas por Obra Nueva y la Caducidad, la Obra Nueva es una vivienda construida a partir de una licencia de construcción por lo cual no tiene Título mientras que la Caducidad son viviendas construidas antes del 1985 que no tienen propiedad.

Obra Nueva
Documentos que debe presentar:
• Licencia de Construcción (copia).
• Habitable (copia).
• Resolución del Terreno.

Tarifa de precios:

Baja: 130.00

Media: 170.00

Alta: 210.00

Caducidad

Tarifa de precios:

Baja: 130.00

Media: 170.00

Alta: 210.00

Solicitud de dictamen de división de vivienda

Documentos que debe presentar:
• Titularidad de la vivienda (copia).

Para la división de viviendas es necesario un dictamen jurídico y tasaciones (una por cada vivienda resultante de la división) por lo que le monto total del servicio dependerá de la sumatoria de los valores por lo que no se puede dar un valor fijo pues pueden existir varias combinaciones.

Dictamen Jurídico. $70.00

Tasación. (Mínimo dos)

Tarifa de precios:

Baja: 30.00

Media: 50.00

Alta: 70.00

Solicitud de dictamen de unificación de viviendas

Documentos que debe presentar:
• Titularidad de las viviendas (copia).
Tarifa: $140.00

Solicitud de dictamen estructural para cesión de azotea

Documentos que debe presentar:
Titularidad de la vivienda. (copia)
Tarifa. $140.00

Solicitud de servicio de documentación técnica por personas jurídicas

Documentos que debe presentar:
• Solicitud o Tarea Técnica de las acciones que se pretenden realizar.
• Certificado de Uso de Suelo, Regulaciones y Numeración emitido por la Dirección Municipal de Planificación Física.
• Estudio de Micro localización de la Dirección Municipal de Planificación Física según corresponda.
• Documentación Legal de la Entidad o Certificación.
• Contrato.

Nota aclaratoria:

1.- En el caso de Rehabilitaciones, remodelaciones y Divisiones la complejidad depende de:

           Baja: Construcción o demolición de muros hasta 6 ml, ampliaciones hasta 10 m²

           Media: Construcción o demolición de muros hasta 12 ml, ampliaciones hasta 15 m²

           Alta: Construcción o demolición de muros más de 12 ml, ampliaciones más de 15 m²

2.- En el resto de los casos la complejidad y las tarifas deben ser correspondientes:

           Baja: Hasta 60 m²

           Media: Entre 60 y 80 m²

           Alta: más de 80 m²                  

3.- En el caso en que no se realiza estudio de factibilidad, NO se cobra este. 

Información de Contacto:

Dirección Postal: Céspedes No 8 e/ Canducha Figueredo y Plaza del Himno, El Cristo.

Teléfono: 23 427257

Horario de atención a la población: lunes, miércoles, jueves y viernes en el horario de 8:00 AM – 12 M y de 2:00 PM – 4:00 PM

 

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