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Atención a Combatientes

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AsociacionCombatientes

La Dirección Municipal de Atención a Combatientes Bayamo se encuentra ubicada en Calle Carlos Manuel de Céspedes No 111 % José A Saco y Figueredo, San Juan El Cristo Bayamo. Teléfono: 23 422197

Es el órgano estatal que se encarga de dirigir, controlar y ejecutar la política para la atención integral a las diferentes categorías del personal beneficiario del sistema, así como las actividades relacionadas con la Asistencia Militar, Seguridad Social, Registro y Control, Atención, Economía y la Inserción Laboral, en cumplimiento de las disposiciones del Estado, del gobierno, de las FAR y de las decisiones que adopten las respectivas asambleas del Poder Popular y sus consejos de administración; todo ello regido por las normas y procedimientos de de la resolución No.17; Manual de Atención.

Su trabajo ha estado encaminado a conocer, investigar y dar soluciones a los problemas que presentan los beneficiarios del sistema y garantizarle una correcta atencion social, material, médica y económica a este personal que cumple o cumplió tareas en interés de la Defensa.

Categoría del personal Beneficiario del Sistema de Atención 

Se considera beneficiario del sistema de atención a la persona que se encuentra registrada y controlada como tal por las direcciones municipales de atención a combatientes en su lugar de residencia y se contemplan las categorías del personal siguientes:

-Combatientes del Ejército Rebelde    

-Combatientes de Lucha Clandestina

-Incapacitados, debidamente diagnosticados por la Comisión de Peritaje Médico Central, participantes en las actividades siguientes:

*Lucha Insurreccional

*Lucha Contra Bandidos

*Playa Girón

*Misión Internacionalista

*Explosión del Vapor La Coubre

*Cumplimiento del Servicio Militar Activo

-Pensionados de las FAR por edad o antigüedad

-Familiares de fallecidos en las distintas actividades

*Hijos mientras mantengan el derecho de pensión a las FAR

-Madres y Padres en todos los casos, tengan derecho  o no a Pensión por las FAR

-Otros familiares que dependieran económicamente del fallecido y tengan derecho a la Pensión de las FAR.

 

 

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